Manuales necesarios para el desarrollo web distintos de la programación.
Y ahora tambien aprende a programar en C++ con Aprende Web C++
y entérate de las novedades o deja un comentario.
última modificación: 13-07-2018.
Visitas este mes: 11
Visitas el mes pasado: 28
Por elegir aprende-web
Aprende-web está diseñado a partir de los lenguajes que aquà mismo se enseñan.
By Anyelguti
Una vez hemos aprendido a hacer páginas web, podemos simplemente dedicarnos a esto por afición, o hacer de esto nuestro medio de vida. En cualquiera de los casos, lo normal es que queramos cobrar por nuestro trabajo, por lo que si nos dedicamos tanto de forma ocasional, como de forma habitual, esto nos generará una serie de ingresos.
Es decir, se nos dan dos supuestos, el del webmaster que hace de esto su profesión, o el de aquel que trabaja en otra cosa y hace de esto una afición que puede aportarle una fuente extra de ingresos. En cualquiera de estos casos debemos saber cuales son nuestras obligaciones con hacienda y la seguridad social, para no incurrir en situaciones ilegales.
Tenemos dos formas de trabajar como webmaster porfesional a tiempo completo, es decir, haciendo de esto nuestro medio de vida. La primera sería que una empresa nos contratara como un empleado más para crear, modificar o mantener su página web. En este caso formaríamos parte de la plantilla de la empresa, por lo que recibiríamos un sueldo fijo todos los meses. Nos dedicamos al sitio o sitios web que tiene la empresa y nuestro contrato de trabajo es como el contrato de trabajo de cualquier otro trabajador.
La segunda forma es hacerse trabajador autónomo o freelance. Un webmaster freelance es un trabajador autónomo que ofrece sus servicios a personas o empresas que quieran tener o mantener una web. Pensemos por ejemplo en pequeñas empresas o particulares que desean tener una web. Seguramente les resultará más económico contratar a un webmaster freelance que tener a alguien en plantilla para mantener su web. Este es sólo un ejemplo de cómo un webmaster autónomo puede encontrar clientes.
Como trabajador autónomo, el webmaster, debe legalmente estar en la misma situación que cualquier otro trabajador autónomo, es decir dar de alta su actividad en la Agencia Tributaria, y darse de alta como autónomo en la Seguridad Social.
Con esto obtenemos dos tipos de obligaciones económicas, la primera es con Hacienda, y será pagar por un lado el IRPF (Impuesto de la Renta de las Personas Fisicas) y por otro el IVA (Impuesto del Valor Añadido). El primero tiene relación con los beneficios obtenidos por nuestro trabajo, y el segundo con las facturas de nuestra empresa. Esto es lo mismo que para cualquier otro trabajador autónomo.
La segunda obligación es con la Seguridad Social, a la cual deberemos pagarle la cuota de autónomos, tal como ocurre con cualquier otro autónomo.
Una gran parte de los autónomos que viven de su trabajo suelen contratar los servicios de alguna gestoría que les lleve estos temas. Esta puede ser una opción bastante razonable para librarnos de todo este tipo de trabajos y dedicarnos realmente a nuestro trabajo como webmaster.
El segundo caso que planteamos es el del aficionado al diseño y creación web, que en un momento dado se plantea poder sacar algún beneficio economico de esto.
Aquí cada caso es distinto, por lo que no se pueden dar unas pautas que sirvan para todos. Darse de alta como autónomo no es rentable si no se obtiene un mínimo de beneficios. Por otra parte, en la declaración de hacienda o IRPF se deben reflejar todos los ingresos que la persona ha obtenido al cabo del año, sin embargo en esto también hay un margen.
Las preguntas son : ¿Hay que darse de alta como autónomo en estos casos? y también ¿Debemos incluir los ingresos así obtenidos en nuestra declaración de hacienda?.
Inscribirse como autónomo tiene unos gastos (el mínimo está sobre 220€ al mes). Se entiende que un trabajador autónomo tiene una fuente de ingresos permanente con la que cubre esos gastos, El RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) considera que "se entenderá como trabajador autónomo aquél que realiza de forma habitual, personal y directa una actividad económica a título lucrativo”.
En este aspecto se podría apuntar que si sólo hacemos trabajos de forma ocasional, o cuyo beneficio sea una pequeña cantidad, (ganar por debajo del Salario Minimo Interprofesional), no estarían obligados a cotizar como autónomo. Esto es simplemente una información a título orientativo, no está de más informarse en las oficinas de la Seguridad Social sobre el tema.
En el caso de las facturas, tal vez nuestros primeros trabajos, sencillos y por los que cobremos poco los hagamos sin factura, se entendería en este caso que lo que hacemos es un trabajo aislado a titulo personal. Sin embargo si nos dedicamos a una actividad (poco o mucho) debemos emitir facturas, muchos clientes nos las pedirán.
Podemos, en todo caso emitir facturas sin ser autónomos. Para ello debemos dar de alta nuestra actividad en Hacienda (esto es gratis), y luego estaríamos obligados a dos cosas: presentar nuestras facturas en hacienda trimestralmente, y declarar las ganancias obtenidas en la declaración de renta (se aplica una retención del 15%, 7% para los tres primeros años de actividad).
Conviene también guardar las facturas de materiales o servicios que utilicemos relacionados con nuestro trabajo, ya que Hacienda nos cobrará el IVA de las facturas que nosotros emitamos, del cual se descuenta el IVA de las facturas de los gastos que hayamos tenido.
En todo caso conviene también consultar en la oficina de hacienda, donde nos explicarán todo esto con más detalle.
Una factura debe cumplir ciertos requisitos, estos son:
Tanto si somos autónomos como si no debemos poner siempre los datos indicados aquí en la factura. Es conveniente además indicar los detalles y conceptos de nuestro trabajo, materiales, o servicios por los que cobramos.
Lo dicho aquí es según la legislación de España. En otros países debemos consultar su propia legislación sobre el trabajo autónomo.
No soy un experto en estos temas por lo que los datos dados en esta página podrían ser inexactos. Los he puesto aquí simplemente a titulo orientativo. No está de más asesorarse con algún experto antes de iniciar un negocio en serio.
Sugerencias:
aprendeweb@aprende-web.net. Envia un
Visita nuestro blog par saber en qué estamos trabajando: Aprende Web Blog
Más sobre anyelguti en http://anyelguti.16mb.com